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Ciudad de Buenos Aires. A pocos días de tener ambientes 100% libre de humo.
2/1/2012

A partir del 5 de enero, bares, restaurantes, salones de fiestas y locales bailables deberán eliminar por ley sus áreas designadas para fumadores.

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A partir de este mes, los espacios para fumadores estarán prohibidos en Capital Federal.

Buenos Aires (Argentina).- Los bares, los restaurantes, los salones de fiestas y los locales bailables de la Ciudad de Buenos Aires deberán eliminar por ley sus áreas designadas para fumadores a partir del 5 de enero, tras entrar en vigencia una norma que elimina todo tipo de excepciones de permitir el tabaco en los espacios cerrados. 

La norma 3718, que reemplaza la 1799, fue aprobada el 30 de diciembre de 2010 por la legislatura porteña y promulgada el 5 de enero de ese año, para entrar en vigencia tras 365 días. Sin embargo, muchos fueron los locales que se sumaron voluntariamente al cambio tras la sanción de la Ley Nacional en junio.

“La nueva ley rige a partir enero y si bien la aplicación de los ambientes 100% libres de humo es de índole local, son muchos los dueños de bares y restaurantes que se sumaron antes a un cambio saludable”, indicó la Dra. Marta Angueira, coordinadora del Programa de Prevención y Control de Tabaquismo (PPCT).

Esta nueva norma exige que todo espacio cerrado con acceso público sea 100% libre de humo, eliminando todas las excepciones que permitía la anterior disposición, por lo que también los shoppings e incluso en los salones de fiestas para eventos privados tampoco se podrá fumar.

La nueva norma prohíbe fumar en lugares de trabajo, oficinas, taxis, establecimientos de salud y educativos, restaurantes, bares, confiterías y casas de lunch, cybers/locutorios de Internet, salas de recreación, shoppings y paseos de compras cerrados, cines, teatros, centros culturales, salas de fiesta en eventos de carácter privado, cajeros automáticos, cabinas telefónicas, terminales de ómnibus, colectivos, estaciones de subte, clubes deportivos, gimnasios, clubes para fumadores y tabaquerías.

Los únicos lugares autorizados en espacios con acceso público son los patios, terrazas, balcones y demás sitios al aire libre, así como en áreas específicas para degustación en clubes de fumadores y tabaquerías sin atención de empleados. También está permitido que enciendan un cigarrillo las personas internadas en centros de salud mental y de detención, en áreas específicas.

La ciudad también habilitó un e-mail para que los vecinos que deseen realizar denuncias ante infracciones: reclamostabaco@buenosaires.gob.ar  Al respecto, Angueira concluyó: “tenemos que defender entre todos el cumplimiento de esta ley, que ayudará a proteger la salud de los ciudadanos”.


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