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4/5/2014 

Como con los cigarrillos, los paquetes tendrán leyendas de advertencias sobre los daños a la salud que provoca su consumo. Dónde comprar y en qué lugares no se podrá consumir. 


Montevideo (Uruguay).- Una vez aprobada en el Parlamento la ley que regula la producción, comercialización y distribución de la marihuana, y tras más de 60 reuniones interdisciplinarias en las que participaron unos 80 técnicos de siete ministerios y distintas instituciones involucrada desde algún aspecto en el tema, el Poder Ejecutivo presentó algunos de los puntos más importantes de la normativa que consta de 104 artículos, divididos en cinco capítulos: "Cannabis psicoactivo de uso no médico", "Registro de cannabis", "Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCA)", "Infracciones y Sanciones" y "Disposiciones Tributarias".
 
El decreto reglamentario será firmado el lunes, mañana, por el presidente José Mujica y su gabinete, por lo que ya entrará en vigencia el martes 6, aunque recién a fines de noviembre o principios de diciembre la marihuana estará disponible para ser adquirida, en paquetes de hasta 10 gramos, en las farmacias habilitadas.
 
Se estableció que cada usuario, que tendrá que ser mayor de edad, uruguayo o extranjero con residencia en el país, podrá comprar en estos locales hasta 40 gramos mensuales (medida máxima que se podrá llevar en la calle), y un máximo semanal de 10 gramos. El gramo costará entre $ 20 y $ 22 (U$S 1 aproximadamente). En ese precio se incluirá un canon, y el dinero que se obtenga de él se utilizará para campañas de divulgación sobre las implicancias del consumo de cannabis. Al igual de lo que hoy sucede con las cajas de cigarrillos de tabaco, los paquetes de marihuana tendrán leyendas de advertencias sobre los daños a la salud que provoca su consumo.
 
El producto que se expenderá en las farmacias no podrá tener una concentración mayor al 15% de Tetrahidrocannabinol (THC, principal sustancia psicoactiva del cannabis, que define el efecto sobre el consumidor).
 
El registro para los consumidores que compren en farmacias se hará de la siguiente manera: deberán ir primero a las oficinas del Correo con su cédula de identidad y constancia de domicilio y registrar sus dos dedos índices, identificación que quedará en el IRCA. En tanto, la persona recibirá un ticket y un número de usuario. Ya en la farmacia, para adquirir la marihuana (se desarrolló un software específico que preserva la identidad del comprador) deberá asentar su índice en un aparato especial que habrá en los negocios.
 
Además de comprar en las farmacias, se podrá acceder a ella a través del autocultivo, para el que habrá que inscribirse ante el IRCA que, junto al Instituto de la Semilla, controlará la adquisición de las variedades a plantar. Quienes actualmente posean plantas, deberán presentarse ante el mismo organismo para registrarlas.
 
Independientemente de las personas que vivan en una casa (sean o no parientes), en cada hogar no se podrá cultivar más de seis plantas de marihuana y la producción no podrá exceder los 480 gramos anuales. El secretario de la Junta de Drogas, Julio Calzada, explicó que "el IRCA contará con un cuerpo de inspección propio, que se encargará de la fiscalización de todo el proceso de producción". El jerarca añadió que los autocultivadores también "podrán ser inspeccionados a través de controles aleatorios", pero aclaró que la visita de inspectores a residencias particulares deberá ser "previamente coordinada con el dueño de casa y, en caso de que se niegue, el fiscalizador contará con al facutad de efectuar la denuncia y esperar a que un juez autorice la visita".
 
Otra de las modalidades para acceder a la marihuana será a través de los clubes de membresía, que deberán registrar sus estatutos en el Ministerio de Educación y Cultura y tener un responsable técnico, y que contarán con un máximo de 45 socios y un mínimo de 15 (si en algún momento llega a tener menos del mínimo exigido, podrá disolverse o tendrá un plazo de un año para alcanzar los 15 miembros necesarios).
 
Estas instituciones dispondrán de hasta 99 plantas y cada socio podrá acceder a hasta 480 gramos anuales.
 
Asimismo, se especificó que habrá controles en el tránsito (similares a los del alcohol) para detectar a quienes conduzcan bajo el efecto de la marihuana, tema que generaba dudas porque prácticamente nada se había difundido antes en los medios. Los controles se realizarán mediante el análisis de la mucosa lingual. Si se detecta el consumo se podrá retirar al conductor su licencia.
 
Se enumeraron algunos sitios en los que estará prohibido consumir marihuana: en lugares de trabajo, en centros de educación o de salud, y en medios de transporte público. A su vez se difundieron las sanciones por incumplimiento de este, o cualquier otro aspecto de la reglamentación, para las que habrá un cuerpo inspectivo especializado. Las sanciones puede ser económicas, con multas que van de los $ 36.300 (U$S 1.800 aproximadamente) a $ 1,4 millones (unos U$S 63.500), decomisos o suspensiones temporales o definitivas de los registros.

Se explicitaron, además, algunos puntos relativos a las plantaciones de cannabis, que se llevarán a cabo en predios militares, que el gobierno mantendrá en reserva por seguridad. El IRCA otorgará hasta seis licencias para plantar cannabis. Las empresas interesadas en ello deberán especificar dónde pretenden plantar, las características de las variedades que producirán, en qué volumen planean hacerlo, en qué plazo y el origen de las semillas que utilizarán. Cada licencia será por un máximo de dos hectáreas y se prevé que haya en total diez hectáreas plantadas. A estas empresas, que deberán detallar su estructura societaria y el origen de los fondos de sus inversionistas, se les ordenará especificar las medidas de seguridad adoptadas para las plantaciones, las condiciones del rotulado de la producción y el destino que darán a los excedentes. Estas plantaciones estarán custodiadas por fuerzas policiales y/o militares, y los costos de seguridad correrán por cuenta de las licenciatarias. 




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