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Ley del aborto. El Senado español la aprueba en forma definitiva y sin cambios.
24/2/2010

Entrará en vigor a los cuatros meses de su publicación en el BOE.

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FOTO: Senado de España aprueba nueva ley del aborto.

Esta mañana, los vetos de PP y UPN obtenían 134 votos en contra, 126 a favor y dos abstenciones (de Coalición Canaria), mientras que el veto impulsado por el senador de Unió (UDC-CDC) era rechazado por 132 votos en contra, 128 a favor y dos abstenciones. El principal escollo para el consenso ha sido el referido al aborto de las menores de 16 y 17 años.

Madrid (España).- El Pleno del Senado ha dado hoy luz verde por 132 votos a favor, 126 en contra y una abstención al proyecto de Ley de Reproducción Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, que, al no haberse modificado en esta Cámara, ha quedado definitivamente aprobado sin necesidad de volver al Congreso de los Diputados.

El texto se enfrentaba hoy a tres vetos que no han prosperado esta mañana y a 88 enmiendas parciales de los distintos grupos que han quedado rechazadas esta tarde. Así, el proyecto de ley concluye su trámite parlamentario y será enviado, sin modificación alguna -tal como salió del Congreso-, al Boletín Oficial del Estado (BOE) para su publicación. Entrará en vigor a los cuatro meses de dicha publicación.

- "Fin a una deuda pendiente"

La ley reformada, que data de 1985, tipificaba el aborto como un delito, pero permitía la interrupción voluntaria hasta la 12da semana si era un embarazo por causa de violación y hasta la 22da si había un riesgo vital para la madre o el feto.

Además, consentía el aborto en cualquier fase del embarazo si un médico certificaba riesgo físico o mental para la madre. Esta cláusula era la más utilizada en la mayoría de los más de 100.000 abortos practicados cada año en España.

La senadora y secretaria de Organización del PSOE, Leire Pajín, ha celebrado que esta ley "ponga fin" a la "deuda pendiente" que, a su juicio, tenía la sociedad con las mujeres. "Las mujeres que no compartan la norma no harán uso de ella, pero las que quieran hacerlo no podemos ni debemos impedírselo", ha subrayado en declaraciones que recoge Europa Press.

La portavoz del PP en el Senado, Carmen Dueñas, ha acusado al Gobierno socialista de "imponer el aborto libre" a la sociedad española y de despreciar "la voz de los ciudadanos", quienes "mayoritariamente rechazan" la ley. Asimismo, ha censurado al Gabinete de José Luis Rodríguez Zapatero por querer "acabar con uno de los pilares de la sociedad española como es la familia" y por "desproteger la vida".

- A partir de ahora

La ley finalmente establece que las menores de 16 y 17años podrán decidir por sí mismas interrumpir su embarazo, pero deberán informar al menos a uno de los padres o tutores.

Se les permite que no digan nada sólo si alegan "fundadamente" que esto les provocará "un conflicto grave manifestado o peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos, o se produzca una situación de desarraigo o desamparo".

La solución que ha contentado a casi todos es algo ambigua, porque ¿quién decide si la alegación de la chica es "fundada"? Se entiende que el médico que realiza el aborto, pero no está claro hasta dónde y con qué criterios deben y pueden decidir los facultativos, lo que podría provocar problemas de interpretación y distintas aplicaciones de la ley.

El texto aprobado primero en el Congreso y ahora en el Senado eliminó la calificación de aborto como delito y lo convirtió en un derecho. Autoriza la interrupción libre del embarazo hasta la 14ta semana.

El aborto queda regulado de la siguiente forma: 14 semanas de plazo libre; hasta la semana 22 en caso de grave riesgo para la vida o salud de la embarazada (que tendrá que determinar un único médico, distinto del que practique el aborto) o graves anomalías fetales (en este caso se exige el dictamen de dos doctores); pasada la semana 22, sólo podrá interrumpirse el embarazo por anomalías fetales incompatibles con la vida (diagnosticadas por un médico) o cuando se detecte en el feto "una enfermedad extremadamente grave e incurable" y así lo "confirme un comité clínico".

- En cuanto a la objeción de conciencia

El texto establece que "los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho a ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas (...). El rechazo (...) es una decisión siempre individual del personal sanitario directamente implicado (...) que debe manifestarse anticipadamente y por escrito".

- El aborto en la Argentina
 
El aborto es ilegal en la Argentina, ya se quirúrgico o químico. La ley establece penas de 1 a 4 años de prisión tanto para la mujer como para quien realice el procedimiento (arts. 85, 86, 87 y 88 del Código Penal). Y se inhabilita el título del profesional por el doble de ese tiempo.

Hay dos causas de excepción: si el aborto evita "un peligro para la vida o la salud" de la mujer o si el embarazo proviene de una violación de "una mujer idiota o demente" (art 86 incisos 1º y 2º).

El Ministerio de Salud de la Nación estima que 500 mil mujeres se practican un aborto al año en el país en forma ilegal. Y 60.000 son internadas por presentar consecuencias graves al hacerlo.


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